EDUcharla 30: «La coordinación del bienestar y protección en los centros educativos»
EDUcharla en la que abordamos un tema tan interesante como el bienestar y la protección del alumnado en el centro educativo y su coordinación a través de la figura de reciente aparición en la LOMLOE como es la del coordinador o coordinadora de bienestar y protección en el centro escolar. Para esta EDUcharla hemos contamos con:
- Carolina Cano Rosa , Directora de Programas de la SGCTIE. MEFPyD
- Andrés Gálvez Algaba , Maestro y Coordinador de Bienestar
La figura del coordinador o coordinadora de bienestar surge para responder a las necesidades de los centros educativos relacionadas con las actuaciones a realizar, para garantizar los derechos de la infancia y la adolescencia, la convivencia pacífica y el bienestar. Con su creación se busca dar unidad en todo el territorio nacional, de modo que esta figura existe obligada en todos los centros educativos para dinamizar la convivencia escolar, según se determina en la LOMLOE.
Hemos comenzado hablando de la necesidad y de las funciones de la figura del coordinador de bienestar. En los últimos años, se ha detectado un incremento de la violencia contra la infancia y adolescencia, especialmente en delitos contra la libertad y la indemnidad sexual, delitos informáticos y número de víctimas de violencia intrafamiliar, es precisamente ello, lo que ha hecho necesario plantear la existencia de una figura que preste especial atención a la protección del menor, sin olvidar que esta acción es responsabilidad de toda la comunidad educativa. De forma resumida las funciones que se le otorgan a esta figura según la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).son: planificar acciones orientadas a la protección del alumnado en el entorno escolar, prevenir las consecuencias de la violencia y la quiebra de la convivencia, promover actuaciones para formar a los miembros de la comunidad educativa, potenciar la detección temprana de los riesgos e intervenir de tal forma que se configure una red de colaboración que haga del centro un entorno protector.
Hemos hablado también del perfil y la formación requerida para desarrollar la figura del coordinador de bienestar. En este sentido, cabe destacar que a nivel nacional no hay requisitos establecidos, pero se deberían tener conocimientos relacionados con la capacidad para detectar situaciones de vulnerabilidad, conocimiento sobre los planes de prevención y actuación, conocer la finalidad de escuela como institución de protección del menor y estar familiarizado con la normativa de protección de los derechos de la infancia.Por otra parte, se ha analizado las actuaciones que se han llevado a cabo desde el Ministerio para su implementación. Nuestros invitados han destacado la Coordinación del Grupo de Trabajo de Convivencia Escolar con las Comunidades Autónomas, el programa de Cooperación Territorial (PTC) de bienestar en el ámbito educativo, la guía “Coordinador o coordinadora de bienestar y protección en la comunidad escolar”, las jornadas “La coordinación de bienestar y protección: un reto y una oportunidad” y un curso tutorizado elaborado por el INTEF.
En relación con las actuaciones que realiza el coordinador de bienestar, los participantes especificaron algunos protocolos de prevención, así como, la importancia de la coordinación con los diferentes agentes destacando el papel de los tutores y tutoras y de los orientadores y orientadoras para abordar conjuntamente las problemáticas relacionadas con convivencia que afectan al centro.
Finalizamos la EDUcharla con una reflexión sobre cuáles son los conflictos más recurrentes en los centros, y si la pandemia ha supuesto un deterioro en la salud mental del alumnado y de los y las docentes.
¡Esperamos que os haya resultado interesante y nos vemos en la próxima EDUcharla!
